Qué se considera robo de salario en California
El robo de salario no es una sola ley. Es un conjunto de reglas específicas, y cada una tiene su remedio.

"Robo de salario" es un término sencillo para cuando un empleador no paga lo que exige la ley. Las reglas de California están entre las que más protegen a los trabajadores en todo el país, y se aplican a la mayoría de los empleadores privados, sin importar su tamaño.
Salario mínimo
Cada hora trabajada debe pagarse al menos al salario mínimo que corresponda (Código Laboral 1197). En Los Ángeles, los salarios mínimos de la ciudad y del condado son más altos que el del estado, y algunas industrias tienen sus propias tarifas. Un empleado al que se le paga menos puede recuperar la diferencia más "daños liquidados" iguales a la cantidad no pagada, intereses y honorarios de abogados (Código Laboral 1194 y 1194.2).
Trabajo fuera del horario registrado
Las "horas trabajadas" incluyen todo el tiempo en que el empleado está bajo el control del empleador, no solo el tiempo dedicado a las tareas asignadas. Ejemplos comunes: tener que llegar temprano, revisiones de seguridad o de bolsas, ponerse el equipo requerido, tareas de cierre después de marcar la salida y mensajes de trabajo fuera del horario.
Horas extra
En California, las horas extra se calculan por día y también por semana (Código Laboral 510). Los detalles están en nuestra guía de horas extra.
Descansos para comer y descansar
- Comida: un período de comida de 30 minutos, libre de obligaciones, que comience antes de que termine la quinta hora de trabajo, y un segundo período antes de que termine la décima hora (Código Laboral 512). Se permiten algunas renuncias a este derecho en turnos cortos.
- Descanso: un descanso pagado de 10 minutos por cada cuatro horas trabajadas o fracción mayor de cuatro horas.
- Pago adicional: por cada día de trabajo en que no se dé un descanso para comer requerido, una hora adicional de pago a la tarifa regular; y otra hora por un día en que no se den los descansos (Código Laboral 226.7).
Deducciones, gastos y propinas
- Por lo general, los empleadores no pueden descontar por faltantes de dinero, roturas o equipo perdido, a menos que hayan sido causados por deshonestidad, un acto intencional o negligencia grave del empleado.
- Los empleadores deben reembolsar los gastos de trabajo necesarios, como el uso del teléfono personal, el millaje y las herramientas requeridas (Código Laboral 2802).
- Las propinas les pertenecen a los empleados. Los dueños, gerentes y supervisores no pueden quedarse con ninguna parte (Código Laboral 351).
Clasificación errónea
Se presume que un trabajador catalogado como "contratista independiente" es empleado, a menos que la empresa que lo contrata compruebe las tres partes de la prueba ABC: el trabajador está libre de su control, realiza un trabajo fuera del curso habitual de su negocio y se dedica habitualmente a un oficio establecido de manera independiente (Código Laboral 2775). Hay muchas excepciones en la ley, así que la clasificación depende del trabajo.
Talones de pago y pago final
Cada cheque de pago debe incluir un comprobante detallado que muestre las horas, las tarifas, el pago bruto y neto, las deducciones y el nombre legal del empleador (Código Laboral 226). Cuando termina el empleo, el salario final se debe pagar de inmediato si lo despiden, y dentro de 72 horas si renuncia sin previo aviso; los retrasos intencionales pueden costarle al empleador hasta 30 días de salario (Código Laboral 203).
Lleve su propio registro
Anote cada día sus horas de entrada y salida, sus descansos y cualquier tarea no pagada, y guarde fotos de sus horarios y talones de pago. Sus propias notas son evidencia, sobre todo cuando los registros del empleador están incompletos.